Paste
Copy
Cut
Options

¡Tu solución está lista!

Nuestra ayuda de expertos desglosó tu problema en una solución confiable y fácil de entender.

Mira la respuesta
  • Pregunta: Un empleado de Liberty Mutual Insurance Co. presentó una demanda alegando violaciones del Título VII de la Ley de Derechos Civiles. El caso se describe en la página 710 de su libro de texto. LA PREGUNTA ES: ¿La Sra. Chescheir estableció un caso prima facie de discriminación en virtud del Título VII? Aquí está la página 710: Liberty Mutual Insurance Company

    Un empleado de Liberty Mutual Insurance Co. presentó una demanda alegando violaciones del Título VII de la Ley de Derechos Civiles. El caso se describe en la página 710 de su libro de texto.

    LA PREGUNTA ES: ¿La Sra. Chescheir estableció un caso prima facie de discriminación en virtud del Título VII?

    Aquí está la página 710:

    Liberty Mutual Insurance Company tiene una regla que prohíbe que sus ajustadores y supervisores de primer año asistan a la facultad de derecho. Esta “regla de la facultad de derecho” fue propuesta e implementada a nivel nacional por Edmund Carr, vicepresidente y gerente general de reclamos, en noviembre de 1972.

    Joan Chescheir (demandante) fue contratada por la oficina de Dallas de Liberty Mutual en marzo de 1973 como liquidadora de reclamaciones. En enero de 1975, renunció voluntariamente, pero en junio de ese año fue contratada en la oficina de Liberty en Houston como ajustadora de reclamos.

    En agosto de 1976, Wyatt Trainer, gerente de reclamos de la oficina de Houston, recibió una carta anónima informándole que la Sra. Chescheir asistía a la facultad de derecho. Después de consultar con sus asistentes y su superior, el Sr. Trainer la despidió después de que ella admitiera que asistía a la facultad de derecho.

    Charity O'Connell también trabajó en la oficina de Houston como ajustadora de reclamos durante el mismo período que la Sra. Chescheir. Durante una pausa para tomar café con un nuevo empleado, Timothy Schwirtz (también ajustador), la Sra. O'Connell relató la historia del despido de la Sra. Chescheir. El Sr. Schwirtz luego dijo: "Oh, eso es extraño, porque cuando me contrataron, cuando Wells [gerente de reclamos de la División Suroeste] me entrevistó, me dijo que podía ir a la facultad de derecho y, de hecho, si iba a la oficina de Houston , había facultades de derecho en Houston”. La Sra. O'Connell luego fue a ver a su supervisor y le dijo que ella también asistía a la facultad de derecho. Ella se negó a dejar la facultad de derecho y fue despedida.

    William McCarthy, abogado de la casa de Liberty en su oficina de Houston, asistió a la facultad de derecho mientras trabajaba como ajustador y se mantuvo como abogado de la casa después de su graduación. El tribunal de primera instancia concluyó que los supervisores del Sr. McCarthy estaban al tanto de su carrera contemporánea en la facultad de derecho. Alvin Dwayne White fue empleado como ajustador en la oficina de Fort Worth de Liberty y solicitó una transferencia a Houston para poder asistir a la facultad de derecho. Se le dio la transferencia y asistió a la facultad de derecho en Houston. James Ballard trabajó como ajustador en Houston, asistió a la facultad de derecho y fue ascendido

    a supervisor mientras estaba en la facultad de derecho. Los supervisores y los empleados estaban al tanto de su asistencia a la facultad de derecho, pero la regla de la facultad de derecho no se aplicó en su contra. En resumen, ninguno de los empleados varones que se sabía que asistía a la facultad de derecho fue despedido.

    La Sra. Chescheir y la Sra. O'Connell presentaron quejas ante la EEOC, recibieron cartas de derecho de demanda y presentaron la demanda en el tribunal de distrito federal. Después de un largo juicio, el tribunal determinó que Liberty Mutual había violado el Título VII. A ambas mujeres se les devolvió el pago. Liberty Mutual apeló.

    OPINIÓN JUDICIAL

    GOLDBERG, juez de circuito
    El Título VII se aplica... no solo a las formas más flagrantes de discriminación, sino también a las formas más sutiles, como la aplicación discriminatoria de las normas laborales.

    La prueba de cuatro partes para demostrar un caso prima facie de despido discriminatorio debido a la imposición desigual de disciplina [es]:

    1. Que el demandante era miembro de un grupo protegido;
    2. Que existía una política o práctica de la empresa con respecto a la actividad para la cual fue despedido;
    3. Que los empleados que no pertenecen a minorías recibieron el beneficio de una práctica empresarial indulgente o no fueron obligados a cumplir con una política estricta de la empresa; y
    4. Que el empleado minoritario fue disciplinado sin la aplicación de una política indulgente, o de conformidad con la estricta.

    Por supuesto, en el caso de que un empleador no sepa que un empleado que no pertenece a una minoría está violando la política de la empresa, la ausencia de disciplina no demuestra una política más indulgente. De esto se deduce que si un empleador aplica una regla de manera diferente a las personas que cree que están en una situación diferente, no se ha demostrado intención discriminatoria.

    Es claro que los demandantes son miembros de un grupo protegido y que existía una política o práctica de la empresa respecto de la actividad para la cual los demandantes fueron despedidos; por lo tanto, se cumplen los dos primeros elementos de la prueba. También está claro que los empleados pertenecientes a minorías fueron sancionados sin la aplicación de una política indulgente y de conformidad con una política estricta. Todas las mujeres conocidas por violar la regla de la facultad de derecho fueron despedidas de inmediato. Además, incluso las posibles violaciones de la regla por parte de las mujeres fueron investigadas con prontitud. Una carta anónima fue suficiente para desencadenar una investigación sobre Chescheir, y el hecho de que Chescheir asistiera a la facultad de derecho llevó a la empresa a interrogar a otra mujer.

    El único elemento restante del caso prima facie es la conclusión de que a los empleados varones se les dio la

    se beneficiaron de una práctica empresarial indulgente o no fueron obligados a cumplir con una política estricta de la empresa. Este es el elemento sobre el que Liberty Mutual centra su ataque. Reformulando ligeramente el argumento de Liberty Mutual, afirma que otros hombres fueron disciplinados estrictamente de acuerdo con la regla de la facultad de derecho, y que Liberty Mutual nunca supo que McCarthy, White y Ballard asistían a la facultad de derecho. Por lo tanto, afirma Liberty Mutual, el tercer elemento no se cumplió.

    No estamos convencidos. Primero, nuestra revisión del registro no revela ningún hombre en la División Suroeste que haya sido despedido debido a la regla de la facultad de derecho. En segundo lugar, incluso si aceptáramos la afirmación de Liberty Mutual de que en realidad no sabía que McCarthy, White y Ballard asistían a la facultad de derecho, aún confirmaríamos la sentencia. La pregunta operativa es simplemente si Liberty Mutual aplicó un estándar más liberal a los empleados varones. El tribunal de distrito descubrió que había rumores generalizados de que McCarthy y Ballard asistían a la facultad de derecho. Además, la EEOC notificó a Liberty Mutual que un tasador asistía a la facultad de derecho (Ballard) y solicitó una explicación. Los empleados gerenciales clave, como mínimo, sospechaban que McCarthy asistía a la facultad de derecho, pero preferían no preguntar y confirmar sus sospechas. A un ajustador masculino le dijeron cuando lo contrataron que podía asistir a la facultad de derecho. En contraste con la enérgica investigación de Liberty Mutual sobre las mujeres que creía que podrían estar asistiendo a la facultad de derecho, Liberty Mutual nunca investigó ninguna de estas acusaciones, sospechas o rumores sobre ajustadores masculinos. El caso del Sr. White es aún más dramático. Después de que expresó su deseo de transferirse a Houston para asistir a la facultad de derecho, se le concedió la transferencia y nunca se le dijo que no podía asistir a la facultad de derecho.

    Los hechos anteriores son más que suficientes para apoyar la tercera etapa [de la prueba]. Los varones de Liberty Mutual estaban sujetos a una aplicación indulgente de la regla de la facultad de derecho. La decisión final del tribunal de distrito sobre el hecho de que Liberty Mutual aplicó su regla de facultad de derecho de manera discriminatoria encuentra un apoyo firme en el expediente; los cuatro elementos del caso prima facie están presentes.

    Una vez que Chescheir y O'Connell establecieron un caso prima facie de discriminación, la carga pasó a Liberty Mutual para presentar una justificación. El tribunal de distrito determinó que Liberty Mutual no ofreció ninguna justificación. En consecuencia, se confirma la sentencia del tribunal de distrito.

  • Chegg Logo
    Esta es la mejor manera de resolver el problema.
    Solución

    Por favor, ME GUSTA ESTA RESPUESTA, para que pueda obtener un pequeño beneficio, por favor Respuesta: La discriminación de cualquier tipo en el lugar de trabajo es inaceptable por ley. El caso Prima Facie, relacionado con la discriminación, ilustra q

    Mira la respuesta completa
    answer image blur