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  • Pregunta: Hechos: William E. Story, Sr., era el tío de William E. Story II. El 20 de marzo de 1869, en presencia de los invitados a una fiesta, el anciano Story prometió pagar a su sobrino $5,000 si este se abstenía de beber, fumar, jurar y jugar a las cartas o al billar por dinero hasta que cumpliera la edad de 1 año. veintiuno. (Tenga en cuenta que en 1869, cuando

    Hechos: William E. Story, Sr., era el tío de William E. Story II. El 20 de marzo de 1869, en presencia de los invitados a una fiesta, el anciano Story prometió pagar a su sobrino $5,000 si este se abstenía de beber, fumar, jurar y jugar a las cartas o al billar por dinero hasta que cumpliera la edad de 1 año. veintiuno. (Tenga en cuenta que en 1869, cuando se hizo esta oferta de contrato, no existía ninguna ley de Nueva York que prohibiera a los hombres de 15 años beber, usar tabaco, maldecir y apostar). El sobrino, que anteriormente se había involucrado legalmente en estos "vicios ”, acordó abstenerse de ellos y cumplió plenamente su parte del trato. El 31 de enero de 1875, cuando cumplió veintiún años, le escribió a su tío lo siguiente: “Querido tío: hoy tengo 21 años y soy mi propio jefe; y creo, según convenio, que se me deben $5,000. He cumplido con el contrato al pie de la letra en todos los sentidos de la palabra”. Aproximadamente una semana después, el 6 de febrero de 1875, el tío envió una carta de respuesta a su sobrino que dice en lo pertinente lo siguiente: “Querido sobrino: Tu carta del 31 ult. me vino bien, diciendo que habías cumplido la promesa que me hiciste hace varios años. No tengo ninguna duda pero usted tiene, para lo cual tendrá $5.000, como le prometí. Yo tenía el dinero en el banco el día que cumpliste 21 años que pretendo para ti, y tendrás el dinero seguro. Ahora, Willie, no tengo la intención de interferir con este dinero de ninguna manera hasta que crea que eres capaz de cuidarlo, y cuanto antes llegue ese momento, mejor me complacerá. Odiaría mucho que te embarcaras en una aventura que te pareció bien y perdieras este dinero en un año. *** Este dinero lo has ganado mucho más fácil que yo, además de adquirir buenos hábitos al mismo tiempo; y eres muy bienvenido al dinero. Espero que hagas un buen uso de él. *** (firmado) NOSOTROS HISTORIAMOS., PD Puede considerar este dinero con intereses”. El sobrino recibió la carta de su tío y luego accedió a que el dinero se quedara con su tío de acuerdo con los términos y condiciones de la carta. En algún momento antes de enero de 1887, el derecho legal de recibir el dinero (más los intereses) se transfirió al Sr. Hamer, el demandante en esta acción. El 29 de enero de 1887 murió el tío sin haber pagado a su sobrino parte alguna de los $5.000 e intereses. El albacea del patrimonio del tío (Sidway, el demandado en esta acción) afirmó que no había habido una consideración válida por la promesa del tío y, por lo tanto, se negó a pagar los $5,000 (más intereses) a Hamer. Hamer demandó para hacer cumplir el contrato. El tribunal de primera instancia falló a favor de Sidway; Hamer apeló. La Corte de Apelaciones de Nueva York, Segunda División, revisó el caso para determinar si el sobrino había dado consideración válida bajo la ley.

    Opinión del Tribunal: Parker, J. (Juez) **** La pregunta *** en esta apelación *** es si en virtud de un contrato *** William E. Story se endeudó con su sobrino, William E. Story 2d, en su vigésimo primer cumpleaños por la suma de $5,000. El tribunal de primera instancia encontró como un hecho que el 20 de marzo de 1869, *** William E. Story acordó y con William E. Story, 2d, que si se abstendría de beber licor, usar tabaco, jurar y jugando a las cartas o al billar por dinero hasta que cumpliera los veintiún años de edad, entonces él, el dicho William E. Story, le pagaría en ese momento, el dicho William E. Story, 2d, la suma de $ 5,000 por tal abstención , a lo que accedió el mencionado William E. Story, 2d, y que en todas las cosas cumplió con su parte de dicho acuerdo. El demandado sostiene que el contrato fue sin contraprestación para sustentarlo, y por lo tanto inválido. Afirma que el prometido (el sobrino Story), al abstenerse del uso de licor y tabaco, no resultó perjudicado, sino beneficiado; que lo que hizo era mejor para él hacer, independientemente de la promesa de su tío, e insiste en que se sigue que, a menos que el promitente fuera beneficiado, el contrato fue sin contraprestación, ***. Tal regla no podría ser tolerada y carece de fundamento en la ley. *** Una contraprestación valiosa, en el sentido de la ley, puede consistir en algún derecho, interés, ganancia o beneficio de una de las partes, o en alguna indulgencia, detrimento, pérdida o responsabilidad otorgada, sufrida o asumida por la otro. Los tribunales no preguntarán si la cosa que forma la contraprestación beneficia de hecho al prometido o a un tercero, o si tiene un valor sustancial para alguien. Es suficiente que la parte a quien se le hace la promesa prometa, haga, condone o sufra algo como contraprestación por la promesa que se le hizo. En general, una renuncia a cualquier derecho legal a petición de otra parte es una consideración suficiente para una promesa. Cualquier daño, suspensión o indulgencia de un derecho será suficiente para sostener una promesa. *** Ahora, aplicando esta regla a los hechos que tenemos ante nosotros, el prometido usaba tabaco, ocasionalmente bebía licor, y tenía el derecho legal de hacerlo. Ese derecho lo abandonó por un período de años en virtud de la promesa del (tío) de que por tal indulgencia le daría $5,000. No necesitamos especular sobre el esfuerzo que puede haber sido necesario para abandonar el uso de esos estimulantes. Es suficiente que restringió su legítima libertad de acción dentro de ciertos límites prescritos sobre la fe del acuerdo de su tío, y ahora, habiendo cumplido completamente las condiciones impuestas, no tiene importancia si tal cumplimiento realmente probó un beneficio para el promitente, y el tribunal no lo investigará; pero, si fuera un tema apropiado de investigación, no vemos nada en este expediente que permita determinar que el tío no fue beneficiado en un sentido legal. *** (Énfasis añadido.)

    Decisión y remedio: La Corte de Apelaciones de Nueva York, Segunda División, dictaminó que William Story II, el sobrino, había brindado consideración legalmente suficiente al dejar de fumar, beber, jurar y apostar hasta que cumplió los veintiún años. Entonces, había un K válido y él (en realidad, Hamer, el cesionario) tenía derecho al dinero.

    Pregunta: Supongamos que, en 1869, William Story II, el sobrino, no tuviera el derecho legal de participar en el comportamiento al que acordó renunciar. ¿Habría sido diferente el resultado en este caso? ¿Por qué? Explique completamente el razonamiento de su conclusión.

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    Esta es la mejor manera de resolver el problema.
    Solución

    Sí, en mi opinión, el resultado habría sido totalmente diferente si William Story II no tuviera el derecho legal de participar

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